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     Imagen Seminario informativo sobre la Reforma del Mercado de Trabajo
08/07/2010  Vesión ImprimibleVersión Imprimible 
 
UNICEM en colaboración la Cámara de Comercio de Madrid han organizado el seminario impartido por el abogado de UNICEM, Miguel Manrique.
 
 

UNICEM y la Cámara de Comercio, han organizado una charla informativa sobre el Nuevo Real Decreto 10/2010 de 16 de junio, Medidas urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo, el seminario fue presentado por Alejandro Pérez de Cárdenas, Presidente de UNICEM, que destacó la necesidad de mantener informados y asesorados a los empresarios sobre todos aquellos aspectos que resulten esenciales en su actividad diaria. Por su parte, Miguel Manrique, abogado de UNICEM, fue el encargado de impartir el seminario.

Novedades importantes de la reforma
• El Gobierno ha ampliado  el uso del contrato de fomento del empleo -con 33 días por despido improcedente-, al incluir al colectivo de trabajadores de entre 31 y 44 años que hayan sido despedidos.
• Este tipo de contrato con indemnización de 33 días no afectaría a los contratos indefinidos ya hechos, que mantendría la indemnización de 45 días por año trabajado en caso de despido improcedente, así, se mantienen los derechos adquiridos en el contrato indefinido ordinario y la reforma no tiene efectos retroactivos.
• El Gobierno también ha aumentado la responsabilidad del  Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) ya que éste se hará cargo del pago de ocho días por año en caso de despido de cualquier trabajador indefinido, cuando anteriormente sólo contemplaba ocuparse de los contratos de 33 días.
• Una empresa sólo tendrá que acreditar pérdidas para justificar despidos objetivos, sin un periodo determinado para ello.
• Las causas objetivas de un despido "siempre debe determinarlas un juez" por lo que se mantiene la tutela judicial efectiva.
• El decreto ley cambia la definición de pérdidas, del actual  "no meramente coyunturales" a "cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa". Corbacho explicó que esta situación económica empresarial deberá ser acreditada con "resultados" según cada empresa y resaltó que el decreto ley pretende que las empresas "no empiecen ajustando plantillas".
• Las empresas de trabajo temporal verán levantada la restricción de operar en el sector de la Administración Pública.
• El contrato de obra y servicio, el único que cambia, queda limitado a dos años. Y el contrato temporal "irá incrementando la indemnización por extinción y empezaría a ser operativo en 2012 y aumentaría un día por año hasta llegar a 12 días por extinción de contrato en 2015”

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Unicem.2008